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Los anticonceptivos

Esta denominación genérica agrupa una multiplicidad de métodos, diferentes en su modo de funcionamiento y en sus posibles efectos secundarios: antianidatorios, preparados hormonales (píldora, inyección), barreras mecánicas (preservativo, diafragma), etc.

Desde 1956, fecha en que se lanzó al mercado el primer anovulatorio hormonal, el uso de la píldora se ha generalizado y el número de mujeres que la utilizan en la actualidad es muy elevado, con una eficacia de más del 99,5 %. Los efectos adversos más frecuentes suelen ser leves y en general desaparecen después de algunos ciclos; son más infrecuentes los más graves (severas complicaciones cardiovasculares, diabetes, hipertensión) (4). Una de las complicaciones mayores radica en la posibilidad de olvidar tomar la píldora, lo que propició la aparición de los anticonceptivos hormonales de acción prolongada, la inyección de tres meses de duración, cuya eficacia es similar, aunque tienen más contraindicaciones que la píldora por lo que su utilización es más reducida. Sin embargo, tienen la ventaja de su fácil uso, especialmente adaptado para ciertas mujeres que requieren anticoncepción de larga duración y no están en condiciones de utilizar regularmente la píldora, como en general es el caso de las mujeres con síndrome de Down. Últimamente se han comenzado a utilizar implantes subcutáneos que van transfiriendo gradualmente su contenido y que tienen una duración de hasta cinco años.

El dispositivo intrauterino (DIU), que usan unos 60 millones de mujeres, es un mecanismo interceptivo: hace imposible la continuación del proceso de desarrollo embrionario que ya se ha iniciado y se encuentra en sus primeros estadios de desarrollo, aunque se subrayan otros mecanismos secundarios, como la acción espermicida debida a los iones de cobre. Tiene, pues, propiedades abortivas. Su eficacia puede situarse en torno al 97/98 %. Sólo lo recomiendan los ginecólogos para mujeres que ya han tenido un hijo. Contraindicaciones: tras la inserción del DIU se pueden presentar una serie de complicaciones que hagan necesaria su extracción; se han descrito algunos casos de perforación de útero; otros estudios señalan un riesgo de salpingitis y la clara correlación entre ésta y la obstrucción de las trompas; se pueden producir hemorragias; existe también la posibilidad de expulsión espontánea. Si el embarazo tiene lugar, a pesar de la presencia del DIU, en el 40 % de los casos éste acaba en aborto. En estos embarazos, hay un aumento muy marcado de los ectópicos o extrauterinos, hasta 5/10 veces más.

Los métodos de barrera, en especial los preservativos, siguen siendo los más usados. A la sencillez de su manejo y sus altos niveles de eficacia, se une su bajo costo y la protección que ofrecen contra la propagación de enfermedades de transmisión sexual. Además, comprometen al varón en la responsabilidad de la regulación de la fecundidad e implican su uso exclusivamente en el momento en que es necesaria su utilización, liberando a la pareja de cualquier posible presión. Una importante ventaja del preservativo es que carece de contraindicaciones médicas. También se insiste en su valor ante disfunciones de eyaculación precoz. Como desventaja se cita su “artificialidad”, es decir, lo que conlleva de ruptura de la relación sexual para que el varón se ponga el preservativo, aunque también se subraya que esta circunstancia puede ser perfectamente integrable en los preludios del coito. Son con frecuencia ineficaces por las limitaciones que presenta la persona con síndrome de Down para utilizarlos correctamente cada vez que lo necesitan (5).

La preocupación por el control de la natalidad y los medios empleados para ello no deben poner en peligro la adecuada expresión y fomento del amor entre los esposos. Las parejas con síndrome de Down y sus familias se encuentran ante un verdadero conflicto de deberes. Nadie debería ignorar las angustias en las que se debaten. Creen que deben evitar en conciencia -o aplazar para más adelante- un nuevo nacimiento. Al mismo tiempo, están privados del recurso a los ritmos biológicos. Por otra parte, no ven, en lo que les concierne, cómo renunciar entonces a la expresión física de su amor sin poner en peligro la estabilidad de la pareja. A este respecto, recordamos simplemente la enseñanza constante de la moral: cuando uno se encuentra en una alternativa entre deberes, en la que, sea cual fuere la decisión que se tome, no se puede evitar un mal, la sabiduría tradicional prevé que se busque qué deber es mayor en este caso. Como escribió Javier Gafo:

"No resulta fácil comprender por qué la estructura del acto sexual es siempre procreativa, cuando la posibilidad de procreación se da sólo en aproximadamente cinco días del ciclo femenino. Otras Iglesias cristianas tienen actitudes de mayor aceptación de los métodos anticonceptivos. En cualquier caso, son bastantes los teólogos católicos que consideran que es legítimo recurrir a la figura moral del conflicto de valores: situaciones humanas en que están implicados valores éticos y humanos que no pueden realizarse simultáneamente. Esto significaría la legitimidad de dar prevalencia a las exigencias éticas de paternidad responsable y de la sexualidad de la pareja sobre la exigencia, marcada por la Iglesia, de mantener la estructura del acto sexual abierta a la procreación, con lo que se legitimaría una apertura mayor a otros métodos anticonceptivos, aunque no sean naturales" (6).

Las personas con síndrome de Down, sus familias y los profesionales que los asisten están en esta situación. En esas circunstancias hay que optar por lo que parece el camino mejor. Sería irrealista e injusto proponer la abstinencia total como la única solución. La opinión en favor de la licitud de aconsejar el mal menor no es sólo probable, sino que es, en realidad, la más probable y hasta nos atreveríamos a decir que es la más segura. El acto sigue siendo un acto conyugal, porque es un acto de amor entre esposos, llevado a cabo con intención conyugal y excluyendo la procreación por razones de peso, por indicación terapéutica dentro de una comprensión global de la salud y de la persona. La conciencia elige aquel camino que conlleva males menores, pero los elige precisamente sub specie boni, es decir, porque es el mayor bien realizable. Por eso preferimos hablar de elegir el mayor bien posible en situación de conflicto de valores. Existen razones justas y proporcionadas para la utilización de técnicas anticonceptivas para evitar un nacimiento que las personas con discapacidad intelectual en general, en particular las personas con síndrome de Down, no están en condiciones de atender satisfactoriamente: lo exige el bien de lo esposos y el bienestar del futuro hijo.